La Ley 2/2023 es el punto de referencia habitual para las organizaciones españolas que revisan sus canales de comunicación y sus procesos para tratar preocupaciones en el contexto laboral o profesional. Para un equipo comprador, la cuestión útil no es buscar una afirmación genérica de “cumplimiento”, sino entender qué parte del flujo puede respaldar una plataforma y qué parte sigue siendo responsabilidad organizativa.
El BOE explica que el régimen del Sistema interno de información comprende el canal de recepción, el Responsable del Sistema y el procedimiento.1
Los términos que conviene distinguir
| Término | Qué significa en este contexto | Implicación para la compra de software |
|---|---|---|
| Sistema interno de información | El marco organizativo que reúne canal, responsable y procedimiento. | La herramienta debe encajar en un proceso definido; no sustituye ese proceso. |
| Canal interno de información | La vía por la que se reciben comunicaciones. | Debe ser accesible, comprensible y adecuada al tipo de personas que pueden usarla. |
| Persona informante | La persona que obtiene información en un contexto laboral o profesional y la comunica. | La experiencia de recepción y el seguimiento deben evitar fricción innecesaria. |
| Comunicación | La información comunicada dentro del sistema. | Debe poder abrirse, asignarse, documentarse y tratarse con acceso restringido. |
La Ley 2/2023 incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 y amplía el ámbito a determinados delitos e infracciones administrativas graves o muy graves.1 Esta guía no determina si un caso concreto entra en el ámbito de la norma ni qué obligación tiene una organización determinada.
Qué puede apoyar el software
Una plataforma puede ayudar a operar partes repetibles y sensibles del flujo. Por ejemplo, puede ofrecer una ruta de recepción, una opción de comunicación anónima, perfiles de acceso, asignación de responsables, mensajes de seguimiento, archivos de evidencia y un historial del caso.
Eso es diferente de afirmar que el producto “es” el Sistema interno de información completo. Una organización debe decidir quién es responsable, cómo se recibe y evalúa cada comunicación, qué política aplica, cómo se forman los equipos y cuándo se requiere asesoramiento externo.
La guía pública del Ministerio de Derechos Sociales sobre su propio sistema menciona responsable, procedimiento de gestión, política o estrategia, confidencialidad, comunicaciones escritas o verbales y mantenimiento de la comunicación con la persona informante.2 Estas son buenas áreas para convertir en preguntas de despliegue y gobernanza.
Lista práctica antes de activar un canal
Primero, documente el propósito del canal y qué tipos de comunicaciones se esperan. Después, decida quién puede ver la información al principio y cómo se resolverán conflictos de interés. Por último, diseñe la comunicación al personal, proveedores u otras personas que puedan necesitar usar la ruta.
La tecnología debe probarse con ese proceso. Revise que el formulario no solicite una identidad cuando la persona necesita permanecer anónima, que el caso pueda reasignarse de forma controlada y que las conversaciones no obliguen a salir a un buzón de correo personal.
AIPI y vías externas
La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) se presenta como una autoridad administrativa independiente destinada a garantizar la protección de la persona informante y ofrece información pública sobre el sistema interno y la vía externa.3 Una página de producto no debe insinuar que un proveedor de software está afiliado, aprobado o integrado con la AIPI si no existe evidencia específica.
Siguiente lectura
Para pasar del contexto normativo a una evaluación operativa, consulte la guía para compradores de software para canal de denuncias y el artículo sobre comunicación anónima bidireccional. Ambos se centran en la ejecución del flujo, no en emitir asesoramiento jurídico.
